Procesando balance...

110 Declaración de Renta

Personas Jurídicas · AG 2025 · Casillas blancas = editables · verdes = automáticas


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⚠️ El contador moderno cambia de chip: dejamos de hacer para enfocarnos en revisar. Todo lo que esta herramienta genere es un borrador — verifícalo cuenta por cuenta antes de presentar a la DIAN.
📘
Cómo usar este formulario
1. Carga el balance de prueba (opcional) para auto-llenar patrimonio, ingresos, costos y gastos. 2. Revisa la clasificación PUC→F110 y ajusta las casillas según la realidad fiscal. 3. Llena manualmente lo que el balance no traiga (rentas exentas, descuentos, dividendos especiales). 4. El sistema calcula renta líquida, impuesto, anticipo y saldo. 5. Pasa los valores al SI Diligenciamiento DIAN.
📎 Cartilla oficial DIAN — Instructivo F110 AG2025 (PDF) · Hacé hover sobre cualquier número de casilla (ej: 36) para ver la explicación oficial de la cartilla.
📄 Cargar Balance (opcional)
🔒 100% en tu equipo · IA sin entrenamiento
📘 ¿Cómo debo preparar el balance para que cargue bien? (léelo si es tu primera vez)
Recomendaciones:
  1. Balance sin cerrar (con saldos en cuentas 4-5-6-7) o, si ya cerraste el ejercicio, exporta el movimiento del año (saldo inicial + débitos + créditos del periodo). Sin movimientos no podemos identificar ingresos, costos ni gastos.
  2. Sin terceros — exporta agrupado por cuenta, no por NIT/tercero. Si trae terceros igual lo procesamos pero el archivo pesa más y la clasificación es la misma.
  3. Columnas necesarias: código de cuenta PUC (4-8 dígitos), nombre de la cuenta y al menos uno de saldo final o débitos / créditos del periodo. Auto-detectamos los formatos de Alegra, Siigo, World Office, Helisa, ContaPyme, Loggro y NetSuite.
  4. Nivel de detalle: mínimo 4 dígitos (cuenta). Mejor a 6 u 8 (subcuenta / auxiliar) — más detalle = mejor clasificación a renglones del 110.
No funcionan: PDFs, fotos de pantalla, balances con totales por encima del nivel de cuenta, archivos con varias compañías mezcladas en una sola hoja, balances solo con porcentajes de variación.
📊 Arrastra o haz clic para cargar Excel o CSV · Alegra, Siigo, WO, Helisa
💡 Si tu balance no carga bien (ej. Helisa, Loggro o software con celdas combinadas), exporta como "Balance plano" o "Balance simplificado" sin formato visual y vuelve a subirlo.
⚠️ ¿No tienes contabilidad? Última opción para armar el F110 sin balance avanzado
⚠️ Esta opción NO es la forma correcta de hacer la renta

Para quién es: únicamente empresas que por alguna razón no llevan contabilidad o perdieron sus registros contables (incendio, robo de equipos, software contable que dejó de existir, cierre del proveedor que llevaba la contabilidad, etc.) y que aun así están obligadas a presentar el F110.

Por qué está oculta: el F110 se construye desde la contabilidad, no desde la facturación electrónica. La FE no incluye nómina, depreciaciones, amortizaciones, provisiones, POS, importaciones, dividendos recibidos, ganancias ocasionales, ni la conciliación fiscal F2516. Este atajo siempre da un F110 incompleto que el contador debe ajustar manualmente.

Si tienes balance contable, cierra este panel y úsalo arriba. Es lo correcto.

💡 Si decides seguir: sube el reporte de documentos electrónicos del MUISCA (RADIAN → Reporte de documentos electrónicos → Excel) y pre-llenamos casilla 47 (ingresos brutos ordinarios) y la casilla de costos/gastos que elijas.
Las notas crédito se restan automáticamente. El balance es más preciso porque te da el desglose 62/63/64/65/66 — este atajo agrupa todas las compras en una sola casilla.
📤
Arrastra o haz click para seleccionar
Excel del MUISCA con todo el año gravable. Procesado 100% en tu navegador.
Revisión obligatoria después de aplicar: contrasta cada casilla contra los soportes que tengas (extractos bancarios, certificados de retención, certificados de proveedores). El borrador resultante no es presentable sin antes ajustarlo a mano.
🏢 Datos del Declarante
📋 Declaración Año Anterior (AG 2024)

Para calcular anticipo y aplicar saldos. Si es primera declaración, deja en blanco.

DIAN
Colombia
Declaración de Renta y Complementarios
Personas Jurídicas y Asimiladas · Privada · AG 2025
110
Patrimonio
Efectivo y equivalentes
36
Inversiones e instrumentos financieros
37
Cuentas, documentos y arrend. financiero x cobrar
38
Inventarios
39
Activos intangibles
40
Activos biológicos
41
Propiedades, planta y equipo, prop. inversión
42
Otros activos
43
Total patrimonio bruto (36 a 43)
44
Pasivos
45
Total patrimonio líquido (44 - 45)
46
Ingresos
Ingresos brutos actividades ordinarias
47
Ingresos financieros
48
Dividendos no constitutivos de renta ni GO
49
Dividendos a CHC + prima colocacion acciones
50
Dividendos gravadas tarifa general (extranjeras/nacionales)
51
Dividendos PN sin residencia (2016 y antes)
52
Dividendos PN sin residencia (2017 y siguientes)
53
Dividendos tarifa art. 245/246 ET (10%/20%)
54
Dividendos tarifa art. 240 (EP/extranjeras 2017+)
55
Dividendos megainversion 27%
56
Otros ingresos
57
Total ingresos brutos
58
Devoluciones, rebajas y descuentos
59
Ingresos no constitutivos de renta
60
Total ingresos netos (58 - 59 - 60)
61
Costos y Deducciones
Costos
62
Gastos de administración
63
Gastos de distribución y ventas
64
Gastos financieros
65
Otros gastos y deducciones
66
Total costos y gastos deducibles
67
Inversiones efectuadas en el año (solo ESAL)
68
Inversiones liquidadas periodos anteriores (ESAL)
69
Renta
Renta por recuperación de deducciones
70
Renta Pasiva - ECE
71
Renta líquida ordinaria del ejercicio
72
Pérdida líquida del ejercicio
73
Continuacion Renta
Compensaciones
74
Renta líquida (72 - 74)
75
Renta presuntiva
76
Renta exenta
77
Rentas gravables
78
Renta líquida gravable
79
Ganancias Ocasionales
Ingresos por ganancias ocasionales
80
Costos por ganancias ocasionales
81
Ganancias ocasionales no gravadas y exentas
82
Ganancias ocasionales gravables
83
Liquidación Privada
Sobre la renta líquida gravable
84
Puntos adicionales tarifa renta (PJ obligadas)
85
Dividendos 10%/20% (base c54, art. 245/246 ET)
86
Dividendos tarifa art. 240 ET (base c55)
87
Dividendos 27% megainversion (base c56)
88
Dividendos art. 240 (base c53 PN no residente 2017+)
89
Dividendos 33% (base c52 PN no residente 2016-)
90
Total impuesto sobre rentas (84+85+86+87+88+89+90)
91
Valor a Adicionar (VAA — Art. 259-1 ET)
92
Descuentos tributarios
93
Impuesto neto de renta sin IA (91 + 92 - 93)
94
Impuesto a adicionar (IA - Tasa mínima)
95
Impuesto neto de renta con IA (94 + 95)
96
Impuesto de ganancias ocasionales
97
Descuento impuestos pagados exterior por GO
98
Total impuesto a cargo (96 + 97 - 98)
99
Pagos y obras por impuestos
Inversión Obras por Impuestos Modalidad 1
100
Descuento efectivo Obras por Impuestos Modalidad 2
101
Crédito fiscal I+D+i (Art. 256-1 ET)
102
Anticipo renta liquidado año anterior
103
Saldo a favor año anterior sin solicitud devol.
104
Autorretenciones
105
Otras retenciones
106
Total retenciones año gravable (105+106)
107
Anticipo renta para el año siguiente
108
Anticipo Puntos adicionales año anterior
109
Anticipo Puntos adicionales año siguiente
110
Saldo y sanciones
Saldo a pagar por impuesto
111
Sanciones
112
Total saldo a pagar (con sanciones)
113
Total saldo a favor
114
Valor impuesto exigible Obras Mod 1 (informativo)
115
Valor total proyecto Obras Mod 2 (informativo)
116
Aporte voluntario (Art. 244-1 ET)
117
🛡️ Beneficio de Auditoría (Art. 689-3 ET) Vigente AG 2022-2026
Si tu impuesto neto de renta del AG actual incrementa al menos un porcentaje frente al AG anterior, la declaración queda en firme en 6 o 12 meses (en vez de los 3 años ordinarios del Art. 714 ET). No aplica si el impuesto neto del año anterior fue inferior a 71 UVT, si la declaración es inexacta, o si la DIAN ya emitió emplazamiento o requerimiento especial.
¿Cómo funciona exactamente?
  • Firmeza 6 meses: incremento ≥ 35% del impuesto neto vs AG anterior.
  • Firmeza 12 meses: incremento ≥ 25% y < 35%.
  • Firmeza ordinaria 3 años (Art. 714 ET) si no se cumplen los anteriores.
  • Se compara el c96 — Impuesto neto de renta con IA del AG actual contra el campo Impuesto neto AG anterior que diligencias arriba.
  • Requiere que el impuesto neto del AG anterior sea > 71 UVT (≈ $3.7M con UVT 2025, ≈ $3.4M con UVT 2024).
  • No cubre las retenciones ni casos de declaración inexacta o con emplazamiento previo.
📐 Tasa Mínima de Tributación (TTD) — Art. 240 Par. 6 clic para expandir ▼
📚 Aprende: gastos no deducibles y diferencias contable/fiscal clic para expandir ▼
⚠️ De "hacer" a "revisar" — el rol del contador

La automatización cambia el oficio: lo que antes tomaba días digitar, hoy se calcula en segundos. Tu valor profesional está en lo que la máquina no puede hacer: aplicar criterio.

Antes de presentar este borrador:

La responsabilidad legal es del contador, no de la herramienta.

📊 Descargar Excel con Fórmulas
F110 formato DIAN, Anticipo de Renta, Gastos No Deducibles
Exógena DIAN · Los valores calculados son estimaciones basadas en el balance cargado. Deben ser verificados y ajustados por un contador público o revisor fiscal antes de su presentación oficial.
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