Cada año, miles de contadores y empresas en Colombia enfrentan la misma tarea: preparar y presentar la información exógena ante la DIAN. Si usted es uno de ellos, sabe que el proceso puede tomar días enteros de trabajo manual en Excel. Pero no tiene que ser así.
En esta guía le explicamos todo lo que necesita saber para hacer la exógena 2025 (año gravable 2024): quiénes están obligados, qué formatos debe presentar, cómo preparar la información paso a paso y cómo puede automatizar el proceso para terminarlo en minutos en lugar de días.
- Quiénes están obligados a presentar exógena
- Los 10 formatos principales de información exógena
- Paso 1: Obtener el balance de prueba por terceros
- Paso 2: Clasificar las cuentas por concepto DIAN
- Paso 3: Aplicar cuantías mínimas
- Paso 4: Validar con el prevalidador DIAN
- Paso 5: Generar XML y cargar al MUISCA
- Método tradicional vs. ExógenaDIAN
1. Quiénes están obligados a presentar información exógena
La obligación de reportar información exógena está establecida en el Artículo 631 del Estatuto Tributario y reglamentada cada año mediante resolución de la DIAN. Para el año gravable 2024 (a reportar en 2025), están obligados, entre otros:
- Personas jurídicas y sus asimiladas que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 100.000.000 de pesos en el año gravable 2022.
- Personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 500.000.000 de pesos en el año gravable 2022.
- Entidades del sector público, cámaras de comercio, bolsas de valores, comisionistas de bolsa y demás entidades enumeradas en la resolución vigente.
- Consorcios y uniones temporales que hayan facturado durante el año gravable.
- Mandatarios o contratistas en contratos de mandato o administración delegada.
- Entes que celebren contratos de colaboración empresarial (cuentas en participación, joint ventures).
2. Los 10 formatos principales de información exógena
La exógena se compone de múltiples formatos, cada uno diseñado para reportar un tipo específico de operación. Estos son los 10 formatos que la mayoría de contribuyentes deben presentar:
| Formato | Nombre / Concepto | Qué reporta |
|---|---|---|
| F1001 | Pagos y abonos en cuenta | Pagos a proveedores, gastos operacionales y no operacionales, costos de producción y venta, compras de activos, entre otros. |
| F1003 | Retenciones en la fuente practicadas | Detalle de las retenciones en la fuente, IVA e ICA practicadas a terceros durante el periodo. |
| F1005 | IVA descontable | IVA pagado en compras y gastos que fue llevado como descontable en las declaraciones de IVA. |
| F1006 | IVA generado | IVA cobrado en ventas y servicios prestados, discriminado por tercero. |
| F1007 | Ingresos recibidos | Ingresos operacionales y no operacionales recibidos, clasificados por concepto y tercero. |
| F1008 | Cuentas por cobrar | Saldo de deudores y cuentas por cobrar a diciembre 31, detallado por tercero. |
| F1009 | Cuentas por pagar | Saldo de obligaciones y cuentas por pagar a diciembre 31, detallado por tercero. |
| F1010 | Socios y accionistas | Identificación de socios, accionistas o cooperados con su porcentaje de participación y valor patrimonial. |
| F1012 | Inversiones y cuentas bancarias | Saldos de inversiones, cuentas de ahorro y corrientes a diciembre 31 con identificación de la entidad financiera. |
| F2276 | Rentas de trabajo (nómina) | Pagos por salarios, honorarios y demás rentas de trabajo, con detalle de aportes, deducciones y retenciones por empleado. |
Dependiendo de su actividad económica, es posible que deba presentar formatos adicionales (F1004 para retenciones que le practicaron, F1011 para declaraciones tributarias, entre otros). Sin embargo, los 10 formatos de la tabla anterior cubren la gran mayoría de las obligaciones.
Cómo preparar la exógena paso a paso
Ahora que conoce los formatos, veamos el proceso práctico para preparar y presentar la información. Son 5 pasos fundamentales:
Obtener el balance de prueba por terceros
El insumo principal para preparar la exógena es el balance de prueba (o libro mayor) a nivel de terceros con corte a diciembre 31 del año gravable. Este reporte debe incluir:
- Código y nombre de cada cuenta contable utilizada.
- NIT o cédula del tercero asociado a cada movimiento.
- Saldos iniciales, débitos, créditos y saldos finales del periodo.
Todos los softwares contables (Siigo, World Office, Helisa, TNS, Alegra, entre otros) permiten generar este reporte. Expórtelo en formato Excel o CSV.
Clasificar las cuentas por concepto DIAN
Cada formato de exógena utiliza conceptos DIAN que agrupan tipos de operaciones. Por ejemplo, en el Formato 1001 existen conceptos como:
- 5001: Salarios y prestaciones sociales.
- 5002: Honorarios.
- 5003: Comisiones.
- 5004: Servicios.
- 5005: Arrendamientos.
- 5010: Compras a personas naturales y/o jurídicas.
Usted debe mapear cada cuenta contable de su PUC al concepto DIAN correspondiente. Este es uno de los pasos más laboriosos en el método manual, ya que implica revisar cuenta por cuenta.
Aplicar cuantías mínimas (topes UVT)
No todos los terceros se reportan individualmente. La resolución establece cuantías mínimas en UVT por debajo de las cuales los terceros se acumulan en un solo registro denominado "cuantías menores" (NIT 222222222).
Los topes varían por formato y concepto. Por ejemplo, para el Formato 1001 el tope general de pagos a terceros puede ser de 100 UVT (alrededor de $4.700.000 para AG 2024). Los terceros cuyos pagos acumulados del año sean inferiores a ese monto se suman en un solo registro.
Validar con el prevalidador DIAN
La DIAN pone a disposición prevalidadores (archivos de Excel con macros) para cada formato. Estos prevalidadores permiten:
- Verificar que la estructura del archivo cumpla con las especificaciones técnicas.
- Detectar NITs inválidos o con dígito de verificación incorrecto.
- Identificar inconsistencias numéricas (valores negativos, campos vacíos obligatorios).
- Generar el archivo XML listo para cargar al MUISCA.
Descargue los prevalidadores actualizados desde el portal de la DIAN: www.dian.gov.co
Generar XML y cargar al MUISCA
Una vez validados los formatos, genere los archivos XML definitivos y proceda a cargarlos en la plataforma MUISCA de la DIAN:
- Ingrese al portal muisca.dian.gov.co con su firma electrónica.
- Vaya al servicio de "Presentación de información por envío de archivos".
- Seleccione el formato y cargue el archivo XML.
- Espere la respuesta del sistema: si el archivo es aceptado, descargue el acuse de recibo.
- Si el archivo presenta errores, el sistema le indicará la fila y columna del problema para que lo corrija.
Repita el proceso para cada uno de los formatos que deba presentar. Recuerde cumplir con los plazos del calendario tributario para evitar sanciones.
Método tradicional vs. ExógenaDIAN
Si ya ha preparado exógena de la forma convencional, sabe lo que implica: días enteros cruzando datos en Excel, mapear cuentas a conceptos manualmente, calcular cuantías menores celda por celda, y rezar para que el prevalidador no arroje errores. Es un proceso agotador, propenso a errores y que se repite cada año.
ExógenaDIAN fue creado precisamente para eliminar ese dolor. Veamos la comparación:
| Aspecto | Metodo tradicional | ExógenaDIAN |
|---|---|---|
| Tiempo de preparación | 2 - 5 días por empresa | 60 segundos |
| Mapeo de cuentas a conceptos DIAN | Manual, cuenta por cuenta | Automático con IA |
| Cuantías mínimas | Cálculo manual en Excel | Aplicadas automáticamente |
| Formatos generados | Uno por uno | Los 10 formatos de una vez |
| Riesgo de errores | Alto (fórmulas, NITs, conceptos) | Mínimo (validación integrada) |
| Costo | Horas de trabajo profesional | Desde $0 (plan gratuito) |
Con ExógenaDIAN, usted sube su balance de prueba por terceros y la herramienta se encarga de clasificar las cuentas, aplicar cuantías mínimas y generar los 10 formatos principales listos para cargar al MUISCA. Lo que antes le tomaba días, ahora lo hace en 60 segundos.
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Qué pasa si no presento la información exógena?
La DIAN puede imponer sanciones que van desde multas económicas (hasta 7.500 UVT, aproximadamente $373 millones en 2025) hasta el desconocimiento de costos, deducciones y pasivos reportados en la declaración de renta. Con la Ley 2277 de 2022, las tasas son del 1% (no suministrar), 0.7% (errores) y 0.5% (extemporaneidad) de las sumas involucradas. Además, puede generar requerimientos, pliegos de cargos y procesos de fiscalización.
Cuándo vence el plazo para presentar la exógena 2025?
Los plazos se definen según los dos últimos dígitos del NIT del informante. Generalmente, los vencimientos se distribuyen entre abril y mayo del año de reporte. Consulte el calendario tributario de la DIAN para conocer su fecha exacta.
Puedo corregir la exógena después de presentarla?
Sí. La DIAN permite realizar correcciones a la información exógena ya presentada. Para ello, debe generar nuevamente el formato con los datos corregidos y cargarlo al MUISCA indicando que es una corrección. Sin embargo, si la corrección se hace fuera de los plazos o por requerimiento de la DIAN, puede generar sanción.
ExógenaDIAN funciona con cualquier software contable?
Sí. ExógenaDIAN trabaja con el balance de prueba por terceros en Excel, que es un reporte estándar que cualquier software contable puede generar (Siigo, World Office, Helisa, TNS, Alegra, Loggro, Contai, entre otros). No importa cuál use: si puede exportar el balance, puede usar ExógenaDIAN.
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