Información de las Declaraciones Tributarias · AG 2025 · 225 conceptos oficiales (valor patrimonial, rentas exentas, deducciones especiales, IVA excluido/exento/tarifa reducida).
El Formato 1011 (versión 6 — T3.28) reporta información de las declaraciones tributarias del informante: valores que ya están en sus declaraciones de renta, IVA anual, patrimonio, etc. — pero que la DIAN pide ver con codificación uniforme para cruzar entre obligados.
El formato cubre cuatro grandes categorías según el catálogo oficial del Prevalidador Tributario AG 2025 (tabla DConceptos_F1011_V6_2013):
Nota sobre fuentes: la cartilla Editorial Nueva Legislación 2026 documenta solo la sección de Patrimonio + Inversiones especiales (18 conceptos). El catálogo operativo completo del F1011 está en el Prevalidador Tributario AG2025 v3.3.0-26 — son los 223 conceptos que la DIAN valida al momento del envío.
Norma: Art. 1.3.1.1 Res. 000227/2025 (numerales 4 a 7, y 9 para entes públicos).
| Tipo de obligado | Umbral (UVT del año a reportar o el inmediatamente anterior) |
|---|---|
| Personas naturales y asimiladas | IB > 11.800 UVT y rentas de capital y/o no laborales > 2.400 UVT. |
| PN del Régimen SIMPLE | IB > 11.800 UVT (sin importar el tipo de ingreso). |
| Personas jurídicas y demás entidades | IB > 2.400 UVT. |
| Obligados a practicar retenciones | Quienes practiquen retención en la fuente, retención de IVA o retención de timbre durante el año. |
| Establecimientos permanentes | De personas naturales no residentes y de personas jurídicas o entidades extranjeras. |
| Entes públicos | Del nivel nacional y territorial, central y descentralizado, contemplados en Art. 22 E.T., aun cuando no estén obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio. |
El umbral se evalúa con los ingresos brutos del año a reportar o del inmediatamente anterior — basta con superarlo en uno de los dos.
El calendario lo fija la DIAN según el último dígito del NIT. Fechas de inicio según la cartilla oficial:
| Tipo de obligado | Inicio del calendario |
|---|---|
| Grandes Contribuyentes | 27 de abril de 2026 |
| Personas jurídicas y personas naturales | 14 de mayo de 2026 |
El calendario completo (último dígito → fecha exacta) está publicado por la DIAN. Verifica tu fecha en el portal MUISCA.
No son justificación de extemporaneidad: fallas en tus equipos, problemas de conectividad, tramitar el RUT o el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) tarde. El IFE debe gestionarse con al menos 3 días hábiles de anticipación al vencimiento.
El F1011 no requiere identificación de terceros (sin NIT, nombre, dirección). Solo se reporta el concepto y el saldo o valor declarado.
Cuidado con el doble reporte: los conceptos de patrimonio (1105-1528) reflejan saldos a 31 de diciembre. Las rentas exentas y deducciones (81xx, 82xx) reflejan los valores anuales solicitados. No mezcles bases.
Conceptos típicos por categoría. El catálogo completo está en el formulario abajo (filtros por categoría disponibles).
Efectivo en caja general y cajas menores al cierre. Coincide con la casilla del patrimonio bruto en la declaración de renta.
Saldo total de inventarios a 31 de diciembre (mercancías, materias primas, productos en proceso, productos terminados). Concepto añadido en la versión vigente.
Inversiones realizadas durante el año en zonas más afectadas por el conflicto armado (ZOMAC). Aplica solo a sociedades acogidas al régimen.
Empresas que generan energía eólica, biomasa, solar, geotérmica o de los mares. Reporta el monto de renta exenta solicitado en la declaración del año.
Para entidades sin ánimo de lucro del Régimen Tributario Especial — el beneficio neto invertido en el objeto social que solicitan como renta exenta.
Total deducido en renta por costos laborales (PILA, parafiscales, prestaciones sociales). Es la suma de la nómina deducible del año.
Deducción especial por inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación, certificadas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en CT+i.
Empleadores que contratan personas con discapacidad acreditada deducen el 120% de los pagos correspondientes en su declaración de renta.
La sanción por no presentar la información, presentarla extemporánea, con errores o sin los requisitos está en Art. 651 E.T. — hasta 7.500 UVT. El propio artículo prevé reducciones cuando el obligado subsana antes de la actuación administrativa correspondiente.
Errores más frecuentes que rechaza el Prevalidador:
Si una norma o plazo cambió y este texto quedó desactualizado, escríbenos a soporte@exogenadian.com con el dato corregido y el link oficial.
| Código | Concepto | Saldo al 31-12 |
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