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Módulo 1 de 10

Patrimonio bruto y líquido — Arts. 261–287 ET

El punto de partida de la declaración de renta es el patrimonio. Aquí se define cuánto “tiene” tu empresa a 31 de diciembre y cuánto debe, para obtener el patrimonio líquido que la DIAN cruza con la información exógena.

Patrimonio bruto: todos los activos fiscales

El patrimonio bruto es la suma de todos los bienes y derechos apreciables en dinero que posea el contribuyente a 31 de diciembre del año gravable, tanto en Colombia como en el exterior.

Artículo 261 del Estatuto Tributario

Obligatorio
“El patrimonio bruto está constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero, poseídos por el contribuyente en el último día del año o período gravable.”
En la práctica: Incluye absolutamente todo: cuentas bancarias, inversiones, cartera, inventarios, propiedades, vehículos, intangibles, activos en el exterior. Si tiene valor económico y es del contribuyente, va al patrimonio bruto.

Valor patrimonial de los activos

Cada tipo de activo tiene reglas específicas para determinar su valor fiscal, que no siempre coincide con el valor contable bajo NIIF:

ActivoRegla fiscalArtículo ET
Inversiones en acciones Costo fiscal = costo de adquisición (no valor intrínseco) Art. 271
Títulos de renta fija Costo de adquisición más intereses causados pendientes Art. 271
Cuentas por cobrar Valor nominal menos provisiones aceptadas fiscalmente Art. 270
Inventarios Costo de adquisición o producción, sistema permanente Art. 267
Activos fijos (PPE) Costo de adquisición menos depreciación fiscal acumulada Art. 277
Inmuebles Mayor entre costo fiscal y avalúo catastral Art. 277
Intangibles Costo de adquisición menos amortización fiscal Art. 279

Tip práctico

El avalúo catastral actualizado puede ser mayor al costo fiscal del inmueble. Recuerda que el Art. 277 ET exige reportar el mayor valor entre ambos. Verifica siempre el certificado catastral vigente al 31 de diciembre.

Error común que la DIAN detecta

Reportar inversiones en acciones al valor intrínseco o valor de mercado en vez del costo de adquisición. La DIAN cruza con la información exógena reportada por la sociedad emisora (formato 1010) y detecta inconsistencias.

Pasivos deducibles del patrimonio

No cualquier pasivo reduce el patrimonio bruto. Los pasivos deben cumplir requisitos estrictos para ser aceptados fiscalmente:

Artículos 283–286 ET — Pasivos aceptados

Art. 283: “Los contribuyentes podrán deducir de su patrimonio bruto las deudas a cargo del contribuyente que sean reales, que estén debidamente respaldadas y que cumplan los requisitos de ley.”

Requisitos clave de los pasivos (Art. 283–286):

  • Deben estar respaldados por documentos idóneos con identificación del acreedor (NIT o cédula)
  • Los intereses no pueden exceder la tasa máxima legal
  • Pasivos con vinculados económicos del exterior: regla de subcapitalización (Art. 118-1)
  • Pasivos con proveedores ficticios o inexistentes = rechazados + sanción

Subcapitalización: el límite que muchos olvidan

Artículo 118-1 ET — Subcapitalización

Clave
Los intereses de deudas con vinculados económicos nacionales o del exterior solo son deducibles en la proporción en que la deuda no exceda el resultado de multiplicar por 2 el patrimonio líquido del contribuyente a 31 de diciembre del año anterior.
Fórmula: Deuda máxima deducible = Patrimonio líquido año anterior × 2. Si la deuda con vinculados excede ese monto, los intereses del exceso NO son deducibles. La DIAN cruza esto con el formato 1001 de información exógena.

Patrimonio líquido

La fórmula es simple pero sus implicaciones son enormes:

Ejemplo: Patrimonio de Distribuidora ABC SAS — AG 2025

Efectivo y bancos (Grupo 11)$ 180.000.000
Inversiones en acciones (Grupo 12)$ 95.000.000
Cuentas por cobrar (Grupo 13)$ 420.000.000
Inventarios (Grupo 14)$ 310.000.000
Propiedad, planta y equipo neto (Grupo 15)$ 580.000.000
Intangibles (Grupo 16)$ 45.000.000
= Patrimonio bruto$ 1.630.000.000
(-) Obligaciones financieras (Grupo 21)$ 350.000.000
(-) Proveedores (Grupo 22)$ 280.000.000
(-) Cuentas por pagar (Grupo 23)$ 120.000.000
(-) Impuestos por pagar (Grupo 24)$ 85.000.000
= Total pasivos deducibles$ 835.000.000
= Patrimonio líquido fiscal$ 795.000.000
CuentaNombreCasilla F110
11Disponible (bancos, caja)Patrimonio bruto
12InversionesPatrimonio bruto
13Deudores (cartera)Patrimonio bruto
14InventariosPatrimonio bruto
15Propiedad, planta y equipoPatrimonio bruto
16IntangiblesPatrimonio bruto
17DiferidosPatrimonio bruto
21Obligaciones financierasPasivos
22ProveedoresPasivos
23Cuentas por pagarPasivos
24Impuestos, gravámenes y tasasPasivos
25Obligaciones laboralesPasivos
26Pasivos estimados y provisionesPasivos (si fiscalmente aceptados)
27Diferidos (crédito)Pasivos