🌱 Calculadora Decreto 0240 de 2026

Reducción de sanciones al 15% · Intereses al 4.5% EA · Subsanación simplificada · Emergencia Económica

Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026
100% en tu navegador
Tus datos no salen de tu equipo
Plazo: 30 abr 2026
📋 Modalidad del beneficio
Obligaciones en mora
15% sanción + 4.5% EA
Deudas tributarias en mora al 31/12/2025. Pago antes del 30/04/2026
Declaraciones omitidas
15% sanción
Declaraciones no presentadas hasta 30/11/2025. Sin intereses de mora
Corrección de declaraciones
15% sanción
Correcciones que aumentan impuesto, de declaraciones presentadas hasta 31/12/2025
Subsanación simplificada
3% o 2%
Obligaciones formales. 3% de ingresos brutos (declarante renta 2024) o 2% del patrimonio
💰 Datos de la obligación en mora
Aplica para obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias administradas por la DIAN, en mora al 31 de diciembre de 2025.
Se pagará solo el 15% (mínimo 10 UVT: $524.000)
Opcional: para comparar el ahorro vs. la tasa ordinaria
Modalidad
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Sin decreto 0240
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Con decreto 0240
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Ahorro total
🔎 Desglose del cálculo
ConceptoValor
TOTAL A PAGAR CON DECRETO 0240
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💰 Resumen del ahorro

Total sin beneficio Decreto 0240
Total con Decreto 0240
Ahorro total
Porcentaje de ahorro
📖 Marco normativo — Decreto 0240 de 2026
Base legal: Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026, expedido en virtud del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica (Decreto 150 del 11 de febrero de 2026).

Modalidad A — Obligaciones en mora:
Sanciones reducidas al 15% del valor liquidado (mínimo 10 UVT). Intereses de mora a tasa especial del 4.5% EA. Se paga el 100% del capital. Aplica para obligaciones en mora al 31/12/2025. Plazo: 30 de abril de 2026.

Modalidad B — Declaraciones omitidas y correcciones:
Sanción por extemporaneidad o corrección reducida al 15%. Sin intereses de mora para declaraciones omitidas. Declaraciones omitidas hasta 30/11/2025. Correcciones de declaraciones presentadas hasta 31/12/2025. Plazo: 30 de abril de 2026.

Modalidad C — Subsanación simplificada:
Para obligaciones formales (no tributarias). Declarantes de renta 2024: 3% de ingresos brutos. No declarantes: 2% del patrimonio bruto. Tope: 1.500 UVT. No aplica para precios de transferencia. Plazo: 30 de abril de 2026.

Sanción mínima: 10 UVT (Art. 639 ET). En 2026: $524.000.
⚠️ Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría tributaria. El contador o asesor tributario debe validar el cálculo antes de realizar el pago ante la DIAN. 100% procesado en tu navegador — tus datos no salen de tu equipo.
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