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💵 Salario base
Hora ordinaria = salario / horas-mes
🌖 Horas extras y recargos
Recargo 25 %
Recargo 75 %
Recargo 105 %
Recargo 155 %
Recargo 35 %
Recargo 80 %
Tope legal: máximo 2 horas extras al día y 12 a la semana (Art. 22 Ley 50/1990, salvo permiso del Ministerio del Trabajo). Las horas extras se pagan por encima de la jornada ordinaria pactada.
📈 Liquidación de horas extras
Normativa aplicada
Art. 161 CST (mod. Ley 2101/2021) — jornada máxima: 44 h/sem hasta el 14-jul-2026, 42 h/sem desde el 15-jul-2026 (divisor 220 → 210 h/mes)
Art. 168 CST — recargo nocturno (35 %), hora extra diurna (25 %) y nocturna (75 %)
Art. 179 CST (mod. Ley 2466/2025, reforma laboral) — recargo dominical y festivo gradual: 80 % desde jul-2025, 90 % desde jul-2026, 100 % desde jul-2027
Ley 2466/2025 — jornada nocturna desde las 7:00 p.m. (aplica desde el 25-dic-2025)
Art. 22 Ley 50/1990 — máximo 2 horas extras al día y 12 a la semana
Este cálculo es orientativo y considera los recargos legales mínimos. Convenciones colectivas, pactos colectivos o reglamentos internos pueden establecer recargos superiores. Verifica los registros de control de horario antes de pagar.